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martes, 1 de abril de 2008

01/04/2008 Posible error en el calculo de las pagas extras en el finiquito

Hola,

Hoy he firmado el finiquito, mi caso es indemnización. Todo era correcto menos las pagas extraordinarias.

La forma que la empresa ha hecho el cálculo es tomar una paga y multiplicar por tres pagas, después dividir por 366 días para calcular el valor diario, y finalmente multiplicar por 51 días trabajados (31 de enero y 20 febrero).

Dado que la remuneración es mensual, y una evidencia clara es que en nuestras nóminas la “prorrata de pagas extra” es constante, siempre es la misma cuantía sea el mes de 30, 31, 28 o 29 días, hay que dividir el total de las tres pagas por 360 días, o lo que es lo mismo por 12 meses para saber el valor mensual, y no por 365 días y menos por 366 días como se ha hecho.

La suma de las tres pagas divido por 12 nos da el valor de un mes, el de enero por ejemplo, y para calcular los 20 días de febrero se divide el valor mensual entre 29 y el resultado se multiplica por 20.

La persona de Siemens que me ha atendido, no era José Luis, me ha dicho que tenía razón, que el calcularlo de una forma u otra daba resultados diferentes y que como lo hacía era correcto porque yo era mensual. En consecuencia he firmado el finiquito añadiendo una nota diciendo que el cálculo era incorrecto, que debía hacerse, PAGA x 3 / 360 x 50,69 días, o lo que es lo mismo, [(PAGA x 3 /12) + (PAGA x 3 /12) x 20 / 29] y que faltaba dinero a mi favor.

La indemnización me la ingresaran en las próximas fechas y posteriormente revisan estos errores y harán un ingreso por la diferencia.

Saludos.

sábado, 29 de marzo de 2008

29/03/2008 Interesante sobre el prorrateo por meses de la indemnización

Desde luego, los de Siemens el prorrateo no lo hacen a mes completo, y ahí nos están sisando unos eurillos a prácticamente todos. No es lo mismo calcular la indemnización al día, que redondeando al alza por meses, que es como debe hacerse según esta sentencia. Evidentemente la primera forma es más desfavorable para nosotros, y esa es la que están aplicando. Hasta esta sentencia (del 31 de Octubre del 2007) era interpretable, pero con ella deja de serlo para favorecer al trabajador.


Para ver la sentencia completa pulsa aquí

miércoles, 26 de marzo de 2008

26/3/2008 Dudas indemnización

¿Alguien sabe si el anticipo regularizable, lo han descontado dos veces?

Me refiero a que se descontó en la nómina que nos mandaron el día 18, y ahora otra vez en la de la indemnización

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