sábado, 29 de marzo de 2008

29/03/2008 Interesante sobre el prorrateo por meses de la indemnización

Desde luego, los de Siemens el prorrateo no lo hacen a mes completo, y ahí nos están sisando unos eurillos a prácticamente todos. No es lo mismo calcular la indemnización al día, que redondeando al alza por meses, que es como debe hacerse según esta sentencia. Evidentemente la primera forma es más desfavorable para nosotros, y esa es la que están aplicando. Hasta esta sentencia (del 31 de Octubre del 2007) era interpretable, pero con ella deja de serlo para favorecer al trabajador.


Para ver la sentencia completa pulsa aquí

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy interesante el tema, pero creo la sisa en bien pequeña, porque son sólo 9 días y este tema no afecta a los prejubilados, a los que tienen un antigüedad mayor de 28 años (topados por 42 mensualidades máximo) y a los recolocados.
Mayor creo que es la sisa que nos ha venido haciendo con el tema de tener que anticipar los gastos de los viajes de empresa, meter en nómina parte de los pluses de transporte distancia y comida, y pagando la indemnización un mes y medio después de ser despedidos.

Anónimo dijo...

Aunque la sisa sea pequeña, si sumamos todas realmente no lo es, las cuentas las tienen que hacer bien y no aplicando 365 días.
Todos, desde hace tiempo, cobramos por meses y tienen que utilizar 360 días, nos perjudique o no.
Otro punto que parece que no usan bien es el tema de las retenciones, tanto en nómina como en indemnización.
Me parece que no se han leido la ley de hacienda, artículo 18 vigente desde 1 de enero 2007.

Anónimo dijo...

Al de las 12:16,
Creo que no lo has entendido bien,no se trata de 365 días (366 porque este año es bisiesto)ni de 360 días, se trata de que los meses incompletos se computan por mes entero ¿ya?

Osea, en el caso de un trabajador con un salario anual de 36000 euros y una antigüedad de 10 años, el contabilizar el mes completo en lugar de sólo 20 días le supondría incrementar la indemnización en 112.5 euros.
…calderilla, con lo que pudo haber sido y no fue ¿no?

Sólo en la perdida de intereses por demora en el pago de la indemnización, que según el ejemplo, le corresponde 45000 euros y considerando un 5% de interés, pierde el trabajador cada mes 187.5 euros
Por tanto, que paguen ya.

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